Cancillería

Según el Código de Derecho Canónico (482 # 1) “en cada curia, debe haber un canciller, cuya principal función, a no ser que el derecho particular establezca otra cosa, consiste en cuidar de que se redacten las actas de la curia, se expidan y se custodien en el archivo de la misma”.

De acuerdo a esto, en la Cancillería de la Diócesis de Santa se guardan carpetas con documentos y escrituras particulares de parroquias, sacerdotes y jurisdicciones; se redactan y expiden las actas y documentos referentes a decretos, disposiciones, obligaciones y otros asuntos, dando así fe pública de lo que se expresa o autentifica, de manera que tengan efectos jurídicos.

Nuestro canciller es el P. José Antonio Díaz Hernández y entre sus principales funciones está:

  • Organizar y custodiar los documentos y actas concernientes a la diócesis, las parroquias y entes canónicos.
  • Redactar y expedir las actas y documentos referentes a decretos, disposiciones, obligaciones y otros asuntos, dando fe pública de lo que se expresa o autentifica, de manera que tengan efectos jurídicos.
  • Asentar por escrito en los libros oficiales de la curia diocesana los documentos emanados de la misma Cancillería o provenientes de otras instituciones oficiales.
  • Autentificar documentos emitidos en la diócesis como fe de bautismo, fe de confirmación, expediente matrimonial, para que tenga validez en otras diócesis.
  • El canciller está llamado a velar por el Archivo Diocesano que incluye el Archivo Corriente, el Archivo Temporal y el Archivo Histórico según las normas del Código de Derecho Canónico (CIC) y de la Santa Sede.

Horario de Atención: Lunes a viernes: 8:00 de la mañana a 12:00 del mediodía